De prohibir la minería a cielo abierto, el fracking y el uso de maíz transgénico, la propuesta de reformas constitucionales en esas materias pasaron a solo poner algunas trabas para la aprobación de estas actividades, que podrían quedar al arbitrio de quién ocupe el Poder Ejecutivo.
La reforma también preveía el reconocimiento de organismos ciudadanos de gestión del agua, que en algunas comunidades rurales y remotas del país son las que se encargan de suministro de agua potable en sus territorios, normalmente por el olvido de los gobiernos municipales, sin embargo, la minuta aprobada condiciona su reconocimiento a los mismos gobiernos municipales que por décadas los han ignorado.
En febrero de este año, el presidente envió al Congreso una serie de 20 reformas constitucionales, entre ellas la llamada Reforma de Medio Ambiente, que incluía la prohibición del fracking, una técnica de extracción de gas altamente agresiva con el medio ambiente, así como el uso de la minería a cielo abierto, por sus afectaciones ambientales. También incluía la prohibición de importar maíz transgénico y el reconocimiento a los organismos comunitarios de agua.
En el caso del fracking y de la minería a cielo abierto, se agregaron reservas en las que se modifica el texto de la reforma, misma que abren la puerta para llevar a cabo estas actividades.
Ambas actividades, así como la emisión de concesiones o permisos para llevarlos a cabo, están prohibidas, además se establecen sanciones por realizarlas, “salvo en los casos que excepcionalmente determine el Ejecutivo Federal a través del comité que señale la ley, por su carácter estratégico para el desarrollo nacional”.
Eso es un obstáculo, no una prohibición, aseguran activistas que estuvieron presentes durante la discusión de las comisiones, porque en todos los casos hay excepciones y hay que ver qué margen les dejan para violar estas prohibiciones.
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